¿Quiénes están obligados a facturar electrónicamente en Panamá?Plazos

Las fechas están siendo modificadas y cada día se está ampliando la obligatoriedad de la facturación electrónica para más sectores

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BY Joaquín / ON Jan 23, 2023

¿Quiénes están obligados a facturar electrónicamente en Panamá?

En este artículo presentamos los plazos establecidos para la adopción de la facturación electrónica de Panamá.

Deben facturar electrónicamente desde el pasado 1 de enero del 2022 todos los nuevos contribuyentes, empresas y personas naturales.

Desde el pasado 12 de enero del 2022 deben facturar electrónicamente todas las empresas enlistadas en el Plan Piloto de Factura Electrónica.

Desde el 31 de octubre del 2022 tienen obligación de facturar electrónicamente todos los proveedores del Estado y de las Entidades Públicas.

Si ya te has dado cuenta que ya se te venció el plazo y no estás en estos momento facturando electrónicamente no te preocupes, nosotros en efacturapty estamos a tu disposición para asesorarte en este proceso

Desde el presente año 2023 se estableció que a partir del 2 de enero es obligatorio el utilizar factura electrónica para las siguientes entidades:

Las entidades privadas autorizadas por la Autoridad Marítima de Panamá para que garanticen el cumplimiento de las normas de construcción, navegación, prevención de la contaminación y de seguridad de naves mercantes, de transporte de pasajeros, de placer, de investigación científica, trabajo, exploración petrolífera y de perforación de tráfico internacional, inscritas o no inscritas en la Marina Mercante de Panamá

También se hizo obligatorio a partir del 2 de enero del presente año 2023 para los servicios de transporte de carga de derivados del petróleo.

Los Hostales que tengan menos de 7 habitaciones también tendrán que facturar electrónicamente. Así como las actividades de arrendamiento de inmuebles con contratos notariados o inscritos en el Ministerio de Vivienda, ya sea los contratos de personas naturales o jurídicas, que administren sus propios bienes sin la intervención de terceras personas.

Desde el 1 de marzo del presente año 2023 estarán obligados a facturar electrónicamente también los servicios del transporte público de pasajeros internacional por vía terrestre, aérea o marítima, no exceptuados mediante Ley asi como también los servicios de transporte público de pasajeros nacional por vía aérea.

A partir del próximo 30 de abril del presente año 2023 inicia la primera fase para las operaciones y servicios en general realizados por los bancos y otras instituciones financieras, incluidas las empresas de arrendamiento financiero y los fondos de inversión, así como las actividades realizadas por las instituciones bancarias de crédito, fiduciarias o financieras regidas por leyes especiales, las cooperativas, las instituciones y fondos de ahorro, los fondos de pensión, los fondos de retiro y previsión social y las entidades de ahorro y préstamo.

La segunda fase para estas entidades será a partir del 30 de junio de 2023 y la tercera fase será a partir del 31 de agosto de 2023

Las operaciones realizadas por la bolsa de valores y de productos autorizados para operar en Panamá así como las operaciones realizadas por el sector seguros y por otras entidades financieras no tipificadas previamente tendrán como fecha de implementación la facturación electrónica a partir del 31 de agosto del 2023.

A partir del 30 de junio de este año 2023 tienen que implementar la Facturación electrónica las empresas establecidas en Zonas Francas o Especiales como:

  • Zona Libre de Colón
  • Zona Franca de Barú
  • Zona Libre de Petróleo.
  • Area Económica Especial de Panamá Pacífico
  • Ciudad del Saber.
  • Sede de Empresas Multinacionales, régimen SEM
  • Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA)

Cabe resaltar que según la Ley 41 de 2007 y la Ley 159 de 2020 respectivamente las empresas establecidas bajo el régimen de Sede de Empresas Multinacionales (SEM), así como las constituciones en el régimen de Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la Manufactura (EMMA) no están sujetas al uso de equipos fiscales, por lo que deberán a la fecha establecida aplicar como método de facturación el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá.

Igualmente cualquier otra zona libre, zona franca y regímenes especiales que existan o sean creadas en el futuro.

Las fechas están siendo modificadas y cada día se está ampliando la obligatoriedad de la facturación electrónica para más sectores.

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